Habiéndose cumplido el mandato ordinario de cuatros años de la actual Junta de Gobierno, se procede a convocar, en segunda vuelta, el PROCESO ELECTORAL para la renovación de la Junta de Gobierno.
En este sentido, y siguiendo las indicaciones de los vigentes Estatutos, en los artículos 34 y siguientes, se procedió a nombrar la COMISIÓN ELECTORAL encargada de la gestión del PROCESO ELECTORAL convocado. Esta COMISIÓN está compuesta por tres hermanos titulares, tres hermanos suplentes además de los hermanos que, en razón de sus cargos actuales en la Junta de Gobierno ostentan los cargos de secretario, tesorero y fiscal.
Esta documentación ha sido remitida a la Delegación de Hermandades y Cofradías de la Diócesis de Málaga.
De igual manera el acto de constitución de la COMISIÓN ELECTORAL se produjo el 19 de Mayo de 2025, acto en el que cada uno de sus miembros aceptó el nombramiento.
Por lo tanto, esta COMISIÓN ELECTORAL procede a señalar el inicio de este PROCESO ELECTORAL para el día 1 de septiembre de 2025.
Así mismo también se procede a la Convocatoria de CABILDO GENERAL DE ELECCIONES para el día 3 de octubre de 2025.
A continuación, se resumen las fechas claves del PROCESO ELECTORAL.
Inicio del PROCESO ELECTORAL –> 1 de septiembre de 2025
Presentación de Candidaturas –> 1 a 6 de septiembre de 2025
Consulta del Censo de Hermanos y alegaciones –> 8 a 12 de septiembre de 2025
Proclamación de Candidaturas –> 18 a 19 de septiembre de 2025
Publicidad y Campaña de Candidaturas –> 22 de septiembre a 1 de octubre de 2025
CABILDO DE ELECCIONES –> 3 de octubre de 2025
Los siguientes enlaces contienen la información detallada con relación al PROCESO ELECTORAL:
- Nota informativa
- Bases de la Convocatoria del PROCESO ELECTORAL
- Calendario del PROCESO ELECTORAL
- Convocatoria de CABILDO DE ELECCIONES
- CANDIDATURAS: Condiciones, plazos presentación, requisitos de los candidatos
- CANDIDATURAS: Modelo potestativo para presentación de candidatura
- CANDIDATURAS: Modelo potestativo para recoger los avales a la candidatura presentada
- CENSO: Requisitos para poder ejercer el derecho al voto